Transcripción y comentarios sobre un artículo del Archivo General de la Nación
Un documento firmado con las iniciales JAP, refleja en 1774 una ciudad con diversos problemas que trató de resolver un “Bando” del Virrey Vértiz. Han pasado más de 200 años y algunos de ellos siguen preocupando aún a los porteños.
Entre los documentos y datos que guardo, encontré traspapeladas veinticinco fotocopias, cuyos originales se encuentran en el Archivo General de la Nación, según consta en el sello que puede verse en la última foja del manuscrito. No hallé la ficha por lo que me es imposible determinar la ubicación catastral del documento original, por sala y legajo.
Respecto del autor desconozco su identidad*, aunque al menos puedo dar una fecha aproximada del momento en que fue realizada la copia y las notas que la acompañan. El autor de ellas cita “… un reciente libro de Wilde” (aparecido en 1881), por lo que lógicamente la fecha en que fueron realizadas debe ser necesariamente, posterior pero no muy distante a ella. Puede inferirse también que la fecha es anterior a 1885, año en que falleció Wilde, ya que el autor de las notas no hace referencia a la muerte del escritor, costumbre muy arraigada en ese entonces. Pienso, pues, que no estoy desacertado si dato la copia y sus notas, entre 1882 y 1885.
En cuanto al bando, respeto la grafía del documento, pero no la de las notas. Luego, caí en la cuenta de que ambas grafías —la de la copia del bando y la de las notas— coincidían absolutamente por lo que pienso que ambas son propias del autor; por lo tanto no aseguro que la grafía usada sea la original.
LA CIUDAD VIEJA: Servicio urbano en el año 1774
Regía esta colonia como autoridad suprema el americano Vértiz, último gobernador de Buenos Aires de 1770 a 1777 y su segundo Virrey de 1778 a 1784. Era hijo de Don Juan José Vértiz Ontañón y de Doña María Violante Salcedo Enriquez de Navarra. Nació en Yucatán (Méjico) el año 1719 y murió en España en 1799, dejando en América su simpatía y agradable recuerdo, pues a su celo debió esta capital la fundación de estudios mayores y menores, el recogimiento de las mujeres públicas, la casa de expósitos, la imprenta, el protomedicato y muchas mejoras urbanas tales como las explica el documento que publicamos.
“La continuada serie de frecuentes robos, muertes y otros exesos, que se cometían al abrigo de la oscuridad de la noche”, dice en su nota al Cabildo, le hizo meditar el establecimiento de una iluminación ejemplo de las ciudades mas principales de Europa” y habiendo comisionado al Teniente de Rey de esta Plaza para que acordara con el Ilustre Cabildo el medio de ejecutarlo, llegaron á una conformidad con satisfacción de todo el pueblo y se dió principio á poner en práctica tan ventajosa resolución dictando y pregonando, “para su perpetua conservación y mantenimiento”, el siguiente:
BANDO
Don Juan Joseph de Vértiz y Salcedo, Caballero Comendador de Puerto Llano en la Orden de Calatrava, Mariscal de Campo de los Reales Exércitos, Gobernador y Capitán General de esta Provincia del Río de la Plata, etc.
Por cuanto: se han publicado distintos Bandos de Buen Gobierno, propendiendo en ellos al bien público de esta ciudad, sus vecinos y moradores, sin que hayan sido bastantes para el debido remedio, y su observancia: ordeno y mando por el presente á todos los guarden y cumplan y á mas los capítulos que se expresarán en este, en lo que no se oponga á aquellos y son los siguientes:
1.- Que cada Comisionado de Gobierno, cuide con particular celo la observancia de lo mandado tocante á la limpieza de calles, exigiendo a los contraventores la multa de cuatro pesos por cada vez que incurran en falta, entendiéndose que el dueño, ó habitante de casa, tienda ó cuarto debe tener limpia su pertenencia é incurrir en la citada pena si pasadas veinte y cuatro horas no cumple con su obligación sin que á nadie sirva de disculpa alegar que otros han arrojado basuras en su pertenencia. Las basuras se arrojarán en las zanjas del Norte y Sur por donde desembocan las aguas llovedizas de la ciudad, y no en otra parte ;1 pena por cada vez al contraventor de cuatro pesos, que si fuese esclavo se exigirá á su amo, como que estos deben zelar de que cumplan con tan importante objeto, de la limpieza, bajo la misma multa, y plazo á mas tardar de veinte y cuatro horas; será de la obligación del dueño, ó habitante de la casa, tienda ó cuarto, dar cuenta al Comisionado de su districto de cualquier animal muerto que se encuentre en su pertenencia para que pasando el Comisionado aviso al Sargento Mayor de la Plaza, tome este providencia de mandar presidarios que lo entierren fuera de la ciudad.
2°.- Que cada Comisionado tome razón en su distrito de los huecos y cercos de tuna que hubiese en é1 como tambien de las casas ó paredes que amenacen ruína y pase noticia á este Gobierno para que tome la providencia que corresponda en observancia de lo mandado antes sobre el particular.2
3°.- Que los dueños de las casas ó cuartos de alquiler, siempre que se verifique la traslación a otro barrio, el inquilino ó inquilinos de cuenta á su alcalde de barrio como se tiene mandado, so pena de veinte y cinco pesos y bajo la misma multa lo practiquen los del barrio á donde se muden al alcalde del .3
4°.- Que ninguno tenga en la calle amarrado animal alguno haciendo pesebre della, so pena el que contraviniese de cuatro pesos por cada vez, ó perdimiento del animal.
5°.- Que ningún carpintero ni otra persona tenga en la puerta, vereda de su casa ó calle, maderas por lo que ocupan, y embarazan el franco tránsito, pena de cuatro pesos al que por la primera vez contraviniere y veinte si reincidiese dándose de término quince das que se contarán desde la publicación deste Bando, pasados los cuales se exigirá la multa.
6°.- Que en toda la ciudad se prohibe haya ni se levante rancho ni otra pieza de paja, por lo ocacionados que son esta clase de edificios á incendios, y los perjuicios que podrían seguirse; y los que hubiera dentro de la ciudad dispondrán los Comisionados de Gobierno se desagan, ó trasladen á extramuros compeliendo á los dueños, y exigiendo en caso de resistencia ó de demora fuera de propósito veinte y cinco pesos de multa .4
7°.- Que para evitar la confusión, desórdenes y perjuicios que resultan de la multitud de gente que concurre con ocación de algún incendio en alguna casa, deberán á la señal de fuego5 á mas de la justicia ordinaria y tropa, el Comisionado de aquel distrito y los mas inmediatos quienes tomarán las providencias conducentes para cortar y apagar el fuego, obligando á los carpinteros, albañiles y aguateros á la asistencia con los correspondientes instrumentos su oficio bajo la pena al que contravenga de diez pesos por la primera vez, y reincidiendo veinte pesos; y los amos de los aguateros y sin escepción todos los habitantes del distrito donde esté el fuego por sí ó sus criados serán obligados bajo la misma multa, á hacer conducir agua de los pozos de sus casas ó del río en barriles, ó basijas que tengan, a fin de evitar cunda el incendio, en que universalmente se interesa toda la ciudad 6
8°.- Que siempre que cualquiera justicia ó Comisionado pida auxilio al vecindario, para actuar alguna prisión, ó evitar alguna pendencia, ú otro inconveniente, deberán dárselo prontamente con sus armas segun el caso lo pida bajo las penas al que se le notase omisión, o repugnancia de doce pesos, y lo demás á que conforme la clase de su desobediencia se hiciese responsable.
9°.- Que en cada distrito podran los Comisionados nombrar un ministro que sirva las funciones anexas á su oficio al que en virtud del nombramiento de los correspondientes comisionados, y aprobación de este Gobierno, se le libertará de todo otro servicio, satisfaciéndole su trabajo de las multas que se exijan, de que llevarán cuenta formal, los comisionados, para darla jurada á este Gobierno siempre que les pida, y precisamente cada año, y de no alcanzar al efecto las multas, ó no tendrán ministro y de tenerlo lo satisfarán de su peculio, según convinieren como disposición que se fija á su arbitrio.7
10°.- Que las noches que tengan por conveniente, harán sus rondas los Comisionados en sus distritos y para que los acompañen y puedan executar las prisiones de los vagos, ociosos, mal entretenidos, ó agresores, nombrarán por su turno á dos ó tres vecinos, quienes tendrán obligación de acompañarles con sus armas y ninguno podra escusarse que no sea con lexítimo motivo, pues todos se interesan en la quietud pública; en cuyo caso queda á la consideración del Comisionado nombrar otro bajo la pena al que faltare de tres pesos de multa por la primera vez y doce siempre que reincida.
11°.- Que para extinguir la escandalosa costumbre de bañarse de día al frente de la ciudad personas de ambos sexos, será del cuidado de los Comisionados procurar evitar semejante desorden, aplicando á los contraventores las penas impuestas en el Bando promulgado anteríormente y de contado el perdimiento que les encuentre, a fin de que con el escarmiento se consiga tan pernicioso abuso.8
12°.- Que todos los médicos y cirujanos inmediatamente que fallezca alguna persona ética, tísica, ó de cualquier enfermedad contagiosa, sean obligados bajo multa de cien pesos á dar cuenta á la justicia ordinaria para que esta tome la providencia de mandar quemar la ropa y muebles que se considere contagiada, para evitar por este medio los considerables inconvenientes que se siguen.9
13°.- Que bajo la misma multa estarán obligados todos los médicos y cirujanos á dar cuenta a los oficiales reales luego que llamados para asistir para asistir algún enfermo estrangero, reconozcan que peligra su vida, sin aguardar a que fallezca, verificándose lo cual practicarán la misma diligencia; la propia obligación tendrán con los que mueren avintestato aunque sean españoles, dando parte al juez ó jueces que correspondan.
14°- Que siendo tan importante la conservación y uso de los faroles de la nueva iluminación que se vá estableciendo en las calles principales de esta ciudad, por el bien general que resulta á todos sus habitantes, se declara á los Comisionados de barrio, la facultad de nombrar en cada cuadra de sus respectivos cuarteles un primer comisario de faroles y un segundo que subseda en ausencias y enfermedades, para cuidar de la puntual observancia de lo que se manda en este particular y los que hayan de elexir, sean los que vivan en casa propia, ó los de mas autoridad y respeto sin que se pueda ninguno escusar á administrar es cargo, so pena de que se le impodría la correspondiente. Que estos Comisarios distribuyan el gasto del alumbrado con equidad entre los vecinos y moradores de las dos seras de la cuadra de su cargo, y nombren para el cuidado de encender el farol todas las noches en punto de la oración al vecino, tendero, pulpero ú otro cualquier individuo que esté situado mas inmediato al farol, imponiendo la multa que se tenga por conveniente al que se le nombre para este cargo, y se escusase á encenderlo.
15° – Que cada individuo á quien se le señalase el cuidado del farol, lo ha de limpiar, á lo menos una vez á la semana para que la luz sea mas clara y que cuando lo encienda saque la palomilla del fierro hacia fuera, dejándola asegurada con la aldaba larga que ha de enganchar precisamente en el agujero que tiene y por las mañanas lo mas temprano que sea dable, y lo mas tarde a las siete en verano, y á las ocho en invierno ha de arrimar dicha palomilla hacia la pared, dejandola enganchada, y segura con la aldabilla chica, de forma que quede el farol sin riesgo de que los vientos lo muevan, bajo la pena de un peso por cada vez que se note algún descuido, y que para colocar la vela encendida en el farol se saque fuera la cazoleta del candelero, y afirmada en ella la vuelvan á poner en el mechero, á fin de que no opriman el farol, cuando la pongan y obiar el que por esta causa se rompa teniendo cuidado de cerrarlo , bajando el pasador de alambre de la portezuela que la reune por su tiro y no por fuera de el por que no quede abierto.
16°.- Que el criado de color que rompa algún farol al tiempo de encenderlo, de limpiarlo ó retirarlo á la pared, se le impongan cincuenta azotes por la malicia que pueda llevar en ello contra el amo, y que á este á quien correspondía encenderlo se le pene en componerlo a satisfaccíon del Comisionado de la cuadra, pero á cualquier otro, sin escepcion de persona, sexo, edad, ni calidad, y á los carreteros, peones y demas individuos del pueblo, y fuera de el que rompan, con malicia ó sin ella se le multe en diez pesos para el farol y si el daño trasciende a la palomilla en cinco pesos mas para reponer uno y otro, haciéndolos exigir prontamente el donde sucede para este fin; pero si se reconociese malicia en el actor lo prenderá y se dará cuenta para imponerle las penas correspondientes a su exeso.
17°.- Que el dinero de las multas se deposite donde se juzgue conveniente para invertirlo en el reparo de faroles nuevos ó composición de otros para en los casos de que algun incidente de tormenta de piedra padezcan algunos en los cuales siempre que 1os encargados del cuidado de cada farol puedan ponerlo á cubierto y reparo de este peligro ya sea bajándolo ó fijándole delante por el lado que viene el viento y la tormenta algun parapeto de cuero de carnero ó lienzo forrado en lana ó pajon de las cubiertas de botija que vienen de Mendoza, ó lo que parezca mas fácil y pronto á engancharlo por medio de una caña ú horquilla del remate de fierro donde pende el candado lo haran sobre que providenciaran los Comisarios lo mas conveniente á que no padezcan los faroles en este caso y á su conservacion.
18°.- Que cuando ocurra alguna nueva obra ninguno pueda sacar el farol de la pared sin licencia del Comisionado pena de diez pesos y que concluida la obra lo vuelva á sentar á costa con intervencion del mismo Comisionado en el mismo paraje.
19°.- Que los Comisionados de cada cuadra se daran puntualmente el cumplimiento de la oblígación de los individuos que viven en la de su cargo y los alcaldes de barrio igualmente vigilaran sobre la de los Comisionados quienes no dispensaran en é1 la exaccion de la multa de un peso establecida sobre las faltas que se adviertan en lo que les toque el cuidado del alumbrado que quedan advertidos como de que la vela que ponga sea entera, que el farol esté limpio y fijado en las aldavillas; debiendo todos respectivamente, obedecer lo que se manda por dichos alcaldes y comisarios de faroles en este asunto y los Comisionados llevaran razon de las multas que exijan para la entrega de ellas al tesorero nombrado Don Manuel Rodriguez de la Vega ó al que nombrase, al fin de cada mes cojiendo recibo por el que les hara cargo cada año del ajuste de cuentas y entregando este al contador que se nombrara á este fin.
20°.- Las justicias ordinarias, Cabos Militares, Patrullas, que ronden de noche, si notasen algun defecto en el cumplimiento de lo que queda espresado exijiran los primeros la multa que sea correspondiente al defecto y entregándola al dicho tesorero, darán cuenta á este Gobierno dándole el multado al Comisionado de su cuadra de lo que le han exijido para que haga el debido asiento, y recoja recibo del tesorero; y los demas tomaran razón y daran parte á este Gobierno para que se proceda á la misma diligencia.
21°.- Que de los capítulos de este Bando se saquen copias simples certificadas por el Escribano de Gobierno y se le entregue a cada Comisionado de cuadra para que se anoticie y le sirva de título y nombramiento de la jurisdiccion que ejerza sobre los individuos de la de su cargo; y cuando se ausente ó esté indispuesto lo pase á su segundo para el mismo fin ó al que se le nombrase en su de unos en otros para la inteligencia de todos.
Y para el efectivo cumplimiento de lo que va mandado y que ninguno alegue ignorancia se publicará por bando en la forma acostumbrada.
Buenos Ayres, primero de Diciembre de mil setecientos setenta y cuatro.
Juan José de Vértiz
Por mandato de S.S.
Joseph Zenzano
Escribano Real Público y de Gobierno
En Buenos Ayres, á dos de Dizíembre de mil setecientos setenta y cuatro.
Yo el Escribano de Gobierno salí de la Real Fortaleza de esta Ciudad acompañado de la tropa que se destinó y a son de cajas de guerra y por voz de pregonero hice publicar el bando antecedente en los parages públicos y acostumbrados de que doy fé.
Joseph Zenzano
Por la copia y por las notas. J.A.P.
(Hay un sello que dice: Archivo General de la Nación Argentina)
Notas
1.- Las zanjas del Norte y del Sur eran los desagües naturales designados vulgarmente con el nombre de terceros. En los diferentes planos que hemos visto están señalados con algunas diferencias, porque la edificación fué gradualmente variando su curso, hasta que las obras de salubridad los hicieron desaparecer totalmente.
En el año 1782 que es, de los que tenemos, el que más nos aproxima a la fecha del Bando de Vértiz, están indicados como sigue, dando a las calles los nombres actuales:
El del Sur lo formaban tres pequeños arroyuelos. El primero tenía origen donde hoy se cruzan las calles de Lima y Cochabamba, cortaba en su trayecto las manzanas hasta llegar a Estados Unidos entre Bolívar y Defensa, donde uniéndose al segundo, que nacía algo más al oeste de Piedras y bajaba directamente por Estados Unidos, formaban un solo brazo que corría por Defensa buscando su conjunción con el tercero. Este descendía de Buen Orden por Méjico hasta Piedras, cruzaba los terrenos hasta Defensa y unidos allí los tres arroyuelos, todo ese caudal de agua descendía al río por Chile, pasando por detrás del Hospital de Belermos, hoy Casa de la Moneda.
El plano citado señala también el del Norte, que desde la esquina de Suipacha y Córdoba, corta diagonalmente la manzana, corre por Paraguay hasta Florida, atraviesa en paralelo a la primera por los terrenos de Matorras, que le dieron nombre y sigue en línea casi recta hasta desaguar en la ribera.
El agua correntosa en aquellos cauces arrastraba las basuras hacia el río en los tiempos lluviosos, pero cuando había seca los zanjones se convertían en sucios lodazales, enyerbados y de difícil tránsito. Para facilitarlo, el Cabildo y vecindario, mantenían puentes de tablones sin baranda. Llamaban al del Sur de los “Granados” y al del Norte de “Matorras”, apellidos de los propietarios cuyos terrenos cruzaban.
2.- La parte de la ciudad más nutrida de edificios estaba círcunscripta por un paralelogramo limitado por las calles Artes y Buen Orden, Corrientes, Méjico y la ribera, pero había en é1 muchos sitios baldíos especialmente en los ángulos N.O y S.O. Lo demás podía considerarse suburbio con edificación pobre, ranchos y cercos de pita.
Las cifras más aproximadas que pueden aceptarse para la población de Buenos Aires en la fecha del Bando de Vértiz, son las consignadas por Concolorcorvo en su curioso y raro libro Lazarillo de Ciegos y Caminantes, como resultado del empadronamiento en 1770, que daba a la ciudad y su ejido 22.007 habitantes.
De esta cantidad publicó el historiador Domínguez una subdivisión que el señor Latzina repite, aún cuando supone que hay algún error en ella, y que nosotros consignamos con una diferencia de seis personas (posible error de cifra en el número de los extranjeros). A saber:
Hombres blancos españoles 1398
Hombres blancos extranjeros 456
Hombres blancos americanos 1785
Mujeres 4508
Niños 3985
Ejército 4770
Clero 942
Esclavos 4163
TOTAL 22007
3.- Los alcaldes de barrio fueron definitivamente establecidos durante el Virreinato de Vértiz por auto del 11 de febrero de 1790 siendo designados diez y seis vecinos que desempeñaron gratuitamente estos cargos con arreglo a las instrucciones que dicha disposición señalaba. Pero durante su primer gobierno, como expresa el Bando que anotamos, había puesto en práctica este medio nombrando Comisionados para mantener los servicios de policía y municipales, con el auxilio eficaz de una partida de Dragones de la guarnición al mando del oficial Manuel Cerrato. Este cuerpo se componía en aquella época de ocho compañías de 77 plazas cada una.
Con posterioridad el virrey Arredondo en 1794 dividió la ciudad en 20 barrios o cuarteles y creó otros tantos alcaldes, expidiendo instrucciones para su gobierno, porque los nombrados por Vértiz “sirvieron con tesón uno y otro año, pero no se les daba relevo. Eran hombres y al fin se cansaron. . . “, según lo expresa aquél en su informe o relación de gobierno que presentó a su sucesor al dejar el mando.
El año 1809 el virrey Cisneros dictó, también, otras instrucciones para los mismos y así el servicio se fue gradualmente mejorando.
4.- A pesar de estas disposiciones, tendientes a mejorar y embellecer la ciudad, en 1810 se encontraban todavía cercos de tunas a cuatro o cinco cuadras de la plaza de la Victoria, en diferentes direcciones. Verdad es también que no todos los Virreyes que sucedieron a Vértiz, fueron tan sinceros y celosos amantes del progreso de Buenos Aires.
5.- Se hacía con repiques precipitados en la iglesia más inmediata al incendio.
6.- Para el uso común de las familias se servían aguas de los pozos y de la del río que vendían los aguadores. Estos la recogían con baldes en pipas sujetas al lecho de una carreta que descansaba sobre dos enormes ruedas de madera dura sin llanta. Tirada por una yunta de bueyes la conducían de puerta en puerta y anunciaban su paso con el tañido de una esquila colgada entre dos varales que sonaba a cada barquinazo del vehículo. Una manga de cuero sujeta al fondo de la pipa les permitía extraerla en baldes destinados a ese uso, llamados canecas, que colocaban en el suelo sobre un disco de madera o de cuero que llevaban al efecto, para impedir que el fondo se enlodara.
Los aljibes empezaron a construirse a mediados del siglo XVIII y los primeros se hicieron en las casas de Domingo Basabilbaso y Don Manuel del Arco.
En 1774 había, tal vez, algunos más, pero seguramente eran todavía pocos.
Por iniciativa del Virrey Liniers en 1808 se proyectó construir uno en la fortaleza, en consideración, dice su nota “ … a que se ha mantenido aquí una chasquera con el solo objeto de tener agua del río Negro para consumo de los Señores Virreyes mis antecesores, cuyo costo exede en mucho al que por una vez puede tener la formación de un algibe, he determinado que se construya en el patio principal de esta citada Fortaleza uno de dos naves…”
7.- Estos ministros venían a desempeñar funciones análogas a las de un teniente alcalde. Siendo el cargo de Comisionado voluntario y gratuito, no convenía al Gobierno rentar a sus segundos o auxiliares, tanto más cuanto que los primeros tenían la facultad de nombrar vecinos que los acompañasen obligatoriamente en las rondas, bajo pena de multa.
8.- La costumbre que existía de bañarse en el río desde la época colonial “…se armonizaba —dice Wilde— con cierta creencia religiosa; así es que las señoras esperaban para ir a los baños que llegara el 8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción, y en que se bañaban los padres franciscanos y dominicos que bautizaban el agua”.
Las familias iban a la caída del sol para disfrutar la agradable brisa de la costa y sentadas en las verdes toscas de la playa, esperaban el oscurecer para entrar al baño. Los hombres, particularmente los dependientes de comercio, concurrían por la noche. En general se guardaba respeto y consideración a las señoras, alejándose de ellas espontáneamente en lo posible, aunque aquel baño, común a todos, justificaba la disposición de Vértiz. La playa tenía fácil acceso detrás del Fuerte y frente a la Alameda.
9.-Los médicos diplomados, que habían cursado estudios en las universidades españolas, venían generalmente agregados a las expediciones militares o, de tránsito, en los buques de S.M. que periódicamente arribaban al puerto de Buenos Aires.
La asistencia y curación de enfermos por medios científicos no estaba a la altura de las necesidades de la población antes de fundarse el Protomedicato el 17 de agosto de 1780. Sin embargo citaremos el nombre de algunos cirujanos que residían en Buenos Aires cuando se dictó el Bando que anotamos:
* Coronel Doctor Francisco Argerich, con título de nobleza. Había sido Vice Rector del Real Colegio y Hospital de San Fernando de Cádiz y desempeñó el empleo de Cirujano Mayor del presidio de esta ciudad. Contrajo matrimonio con Doña María Josefa del Castillo.
* Don Mathías Grimau, quien reemplazó a Argerích en el empleo. Carecía de títulos profesionales, que revalidó después. Estaba encargado de la atención de los buques que llegaban con enfermos contagiosos. Vivió aquí mucho tiempo y falleció de edad avanzada.
* Don Juan Parau y Don Angel Castelí, ambos sin títulos.
* Don José Alberto Capdevila y Pallares, Bachiller, entonces con nueve exámenes aprobados en el Real Colegio de Barcelona. Reemplazó a Grimau en el empleo de Cirujano Mayor y prestó después, como médico, importantes servicios al país.
* Don Juan Plá, que falleció en Montevideo en 1781.
Ignoramos quienes otros ejercían la medicina; pero posteriormente, el Doctor Miguel Gorman nombrado Protomédico, se vió en la necesidad de tolerar el ejercicio de algunos prácticos que no tenían título de suficiencia, en beneficio de la salud pública, especialmente en las comunidades religiosas donde muchos sacerdotes estudiosos curaban enfermos, tales como los Bethlemitas, que mantenían con eficacia hospitales caritativamente servidos.
Con el deseo de ampliar algunos datos a los muy interesantes que se encuentran en las notas que acompañan a la copia del Bando de Vértiz, incluyo mis comentarios a continuación:
Los “Terceros”
(Nota N° 1) Sobre este punto cabría hacer dos breves observaciones. La primera se refiere al edificio llamado en época del autor, Casa de la Moneda, ubicado en la esquina de las calles Defensa y México y que por el este, llega hasta Balcarce. En esta cuadra esta calle es más ancha que en el resto de su recorrido. Todo tiene su razón: allí se encontraba el enterratorio del Hospital del Rey, posteriormente llamado de Belermos, por haber estado administrado y atendido por los frailes Bethlemitas. Con el tiempo se proyectó levantar en ese espacio de 487 metros cuadrados, la plazoleta de Los Andes. En el Estudio Topográfico de Buenos Aires, de Alberto Martínez, que se encuentra inserto en el Censo de la Capital Federal del 15 de setiembre de 1887, página 59, así se la denomina. De todas maneras la plazoleta que recordaba el cruce de la cordillera por San Martín desapareció.
La segunda, complementando a la del autor que analizamos se refiere al Tercero del Norte o de Matorras. Este “tercero” corría desde un poco más al sur de la actual avenida de Mayo, aproximadamente a la altura de Libertad, doblando por la de Tucumán, al sur del hoy Teatro Colón y tomando por Cerrito hasta Viamonte, llegaba por ésta hasta Suipacha. Allí se encontraba un estrecho puentecito de madera, conocido como el “puente de los suspiros”. Luego el Tercero derivaba por la calle Paraguay hasta dirigirse al río, por la calle Tres Sargentos.
Los “Huecos”
(Nota N° 2) Los “sitios baldíos” recibían el nombre de “huecos”. Después le dieron paso a la mayor parte de las actuales plazas que se encuentran en el perímetro de la ciudad de entonces. Como ejemplos entre otros, nos referiremos a tres casos:
* El “Hueco de las cabecitas” que dió lugar a la actual Plaza Vicente López, y que se llamaba de aquella manera porque, estando cerca un matadero de ovinos, servía constantemente de receptáculo de las cabezas de los animales sacrificados. El matadero se encontraba aproximadamente en el perímetro formado por las actuales Pueyrredón, Las Heras, Azcuénaga, J.A. Pacheco de Melo.
* El “Hueco de Lorea”, que llevó el nombre del propietario de aquellos terrenos, un español muerto junto con su mujer durante las Invasiones Inglesas. Hoy conocemos como plaza Lorea a la contigua a la plaza Congreso, con la que forma un solo espacio.
* El “Hueco de Doña Engracia”, actual Plaza Libertad, donde una señora de ese nombre tenía establecido su rancho y una pequeña huerta, para la cual contrató en 1833, a uno de los inmigrantes solteros procedentes de las Islas Canarias llegado en aquel año.
La provisión y el uso del agua
(Nota N° 6) Esta nota se refiere al servicio de distribución de agua para la población. Hasta transcurrida largamente la mitad del siglo XIX, la población de Buenos Aires se surtía únicamente con los tradicionales sistemas de ese entonces: servirse del agua salobre y contaminada de los pozos de primera y segunda napa; de la que se compraba a los “aguadores”, que la sacaban del río según lo describe muy bien el autor de las notas, comentando el bando de Vértiz; y algunos pocos aljibes, propiedad de algunos “pudientes.”
En agosto de 1857 fue inaugurada la primera línea férrea, el ferrocarril del Oeste. Tuvo grandes problemas con el agua destinada a alimentar las calderas de sus locomotoras, ya que la de los pozos era salobre y carcomía el hierro. Así fue como sus directivos decidieron proveerse de agua del río, extendiendo una cañería desde las inmediaciones de la Recoleta hasta la estación del Parque, que se levantaba en el mismo predio en que hoy se encuentra el Teatro Colón. A propuesta de Francisco B. Madero, se dispuso aumentar el diámetro del caño inicialmente proyectado, convirtiéndose el ferrocarril durante varios años en proveedor de agua corriente de la ciudad, ya que en toda la extensión de la cañería fueron instaladas canillas, para que el público pudiera servirse.
Pero ya la historia de suministrar agua potable a la población venía desde tiempo atrás. En 1827 el gobierno había contratado al ingeniero Carlos Enrique Pellegrini, quien presentó en 1829 un proyecto para instalar la casa de aguas corrientes de la ciudad. Proponía que la misma se levantase una cuadra al sur de la Casa de Gobierno, tomando el agua del río e instalando para su purificación grandes filtros de arena —del mismo río—, polvo de carbón, arena gruesa y tablas cribadas. Sugería, además, grandes depósitos o albercas para el asiento y decantación. La revolución de Lavalle no permitió llevar a cabo el proyecto.
La actividad del ingeniero Pellegrini no terminó allí. En la década del cuarenta se asoció con los señores Blumstein y Larroche y allí donde hacía años había aconsejado construir las instalaciones para las aguas corrientes, se levantó el primer “molino a vapor”, con que contó la ciudad, denominado “San Francisco”. En nombre de aquel molino, en 1852, Pellegrini solicitó al gobierno le permitiese sacar por cañería agua del río, que se clarifica para vendérsela a los usuarios al mismo precio que los aguadores, con la ventaja de la certificación de pureza y cristalinidad y aprovechando la energía disponible. Se pedía una exclusividad para dicha venta por el término de quince años. El gobierno no aceptó el plan y por sus propios medios, Pellegrini, Larroche y Blumstein, instalaron bombas para la extracción de agua para su venta, sin exclusividad. El negocio no fue adelante ya que en ningún momento hicieron el tendido de cañerías para la distribución del agua. Se supone que, mientras duró, lo que se hizo fue clarificar el agua y distribuirla, desde luego con mejor calidad, que por medio de los tradicionales “aguadores”.
Los baños en el Río de la Plata
(Nota N° 8) En este punto no estoy de acuerdo con cuanto dice el autor citando a Wilde, acerca de que los baños en el río “… se armonizaban con cierta creencia religiosa …” Ocurría que la temporada de baños era inaugurada en una fecha fija, el 8 de diciembre, haciéndola coincidir con la festividad de la Virgen, de la cual era muy devota la población. Aquel día tanto los frailes de la Recolección, o Recoletos, como los Dominicos, en ambos extremos de la ciudad celebraban el rito de la bendición de las aguas. Por otra parte mucha gente del pueblo, antes y después de la temporada de baños, aprovechaba los atardeceres en la costa para bañarse en el río.
La salud pública
(Nota N° 9) Anteriormente a los Bethlemitas, el Hospital del Rey, que fue construido en la manzana delimitada por las calles Defensa, Méjico, Balcarce y Chile, y no en el lugar que Garay les había asignado, fue atendido por los Hermanos de San Juan de Dios.
El texto transcripto y las notas incluidas al final del mismo, que en el manuscrito figuran a pie de página, así como el texto del bando del Virrey Vértiz, datado en Buenos Aires el 1° de diciembre de 1774, pertenecen al manuscrito del Archivo General de la Nación. tt
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Jorge Ochoa de Eguileor
Historiador
Director del Museo del Inmigrante
Información adicional
HISTORIAS DE LA CIUDAD. Una revista de Buenos Aires
Declarada de “Interés de la Ciudad de Buenos Aires” por la Legislatura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Año III – N° 13 – Diciembre de 2001
I.S.S.N.: 1514-8793
Registro de la Propiedad Intelectual N° 100.991
Categorías: VIDA SOCIAL,
Palabras claves: Infrastructura, construccion, origen
Año de referencia del artículo: 1774
Historias de la Ciudad. Año 3 Nro13